Nuestra Constitución está integrada por un preámbulo y dos partes. La primera está formada por dos capítulos. El primero se llama "Declaraciones, Derechos y Garantías" y el segundo, "Nuevos Derechos y Garantías". La segunda parte de la Constitución se denomina "Autoridades de la Nación" y se organiza en dos Títulos: "Gobierno Federal" y "Gobiernos de Provincia".
Preámbulo
Es el prólogo, la introducción de la Constitución; en él se reconoce la soberanía del pueblo al nombrar a los convencionales como "representantes del pueblo de la Nación Argentina". En el preámbulo se establece que es legítimo que los representantes sancionen la Constitución porque lo hacen "por voluntad y elección de las provincias" que componen la Argentina y "en cumplimiento de pactos preexistentes". La Constitución denomina de este modo a los acuerdos celebrados entre las provincias entre 1820 y 1852 con el propósito de organizar políticamente al país. El Pacto Federal de 1831 y el Acuerdo de San Nicolás de 1852 son ejemplos de ellos.
El preámbulo establece también los objetivos que se persiguen al sancionar la Constitución. Ellos son: " ... constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad ... ". Se determina que estos objetivos deben ser alcanzados "para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino". En cumplimiento de estos fines, los convencionales invocaron "la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia" y dieron fuerza de ley a la Constitución: "ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina."
Declaraciones, Derechos y Garantías
La Primera Parte de la Constitución es conocida como la parte dogmática. En ella se reconocen los derechos individuales y de los ciudadanos. Está integrada por 43 artículos. Los treinta y cinco primeros forman el primer capítulo denominado "Declaraciones, Derechos y Garantías".
Declaraciones. Son expresiones, manifestaciones o afirmaciones en las que se toma posición acerca de cuestiones fundamentales, como la forma de gobierno o la organización de las provincias.
Derechos. Son facultades que la Constitución reconoce a los habitantes del país para que puedan vivir con dignidad. Al estar así reconocidas, los habitantes pueden exigir su respeto.
Los consumidores tienen derechos reconocidos por la Constitución reformada. Es necesario conocer/os para poder reclamar en caso de que algunos de esos derechos sean violados.Un ejemplo de estas facultades se encuentra en el artículo 14 bis incorporado en la reforma constitucional de 1957. Allí se establece, entre otras cosas, que las leyes "asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática ... "
Garantías. Son protecciones, establecidas en la Constitución para asegurar el respeto de los derechos y las libertades que ella reconoce. Un ejemplo de garantía lo brinda el artículo 18. En él se afirma, entre otras cosas, que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin ser sometido a un juicio. Este juicio debe realizarse de acuerdo con las leyes que regían en el momento de producirse el hecho por el que es juzgado.
Nuevos Derechos y Garantías
El segundo capítulo de la Primera Parte de la Constitución fue incorporado en la última reforma (1994). Incluye derechos y garantías sobre temas que la sociedad argentina fue considerando esenciales en los últimos años. Algunos de los nuevos derechos y garantías son: La protección de los consumidores. El artículo 42 establece, por ejemplo, que los consumidores tienen derecho a la protección de consumidores.
Preámbulo
Es el prólogo, la introducción de la Constitución; en él se reconoce la soberanía del pueblo al nombrar a los convencionales como "representantes del pueblo de la Nación Argentina". En el preámbulo se establece que es legítimo que los representantes sancionen la Constitución porque lo hacen "por voluntad y elección de las provincias" que componen la Argentina y "en cumplimiento de pactos preexistentes". La Constitución denomina de este modo a los acuerdos celebrados entre las provincias entre 1820 y 1852 con el propósito de organizar políticamente al país. El Pacto Federal de 1831 y el Acuerdo de San Nicolás de 1852 son ejemplos de ellos.
El preámbulo establece también los objetivos que se persiguen al sancionar la Constitución. Ellos son: " ... constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad ... ". Se determina que estos objetivos deben ser alcanzados "para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino". En cumplimiento de estos fines, los convencionales invocaron "la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia" y dieron fuerza de ley a la Constitución: "ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina."
Declaraciones, Derechos y Garantías
La Primera Parte de la Constitución es conocida como la parte dogmática. En ella se reconocen los derechos individuales y de los ciudadanos. Está integrada por 43 artículos. Los treinta y cinco primeros forman el primer capítulo denominado "Declaraciones, Derechos y Garantías".
Declaraciones. Son expresiones, manifestaciones o afirmaciones en las que se toma posición acerca de cuestiones fundamentales, como la forma de gobierno o la organización de las provincias.
Derechos. Son facultades que la Constitución reconoce a los habitantes del país para que puedan vivir con dignidad. Al estar así reconocidas, los habitantes pueden exigir su respeto.
Los consumidores tienen derechos reconocidos por la Constitución reformada. Es necesario conocer/os para poder reclamar en caso de que algunos de esos derechos sean violados.Un ejemplo de estas facultades se encuentra en el artículo 14 bis incorporado en la reforma constitucional de 1957. Allí se establece, entre otras cosas, que las leyes "asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática ... "
Garantías. Son protecciones, establecidas en la Constitución para asegurar el respeto de los derechos y las libertades que ella reconoce. Un ejemplo de garantía lo brinda el artículo 18. En él se afirma, entre otras cosas, que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin ser sometido a un juicio. Este juicio debe realizarse de acuerdo con las leyes que regían en el momento de producirse el hecho por el que es juzgado.
Nuevos Derechos y Garantías
El segundo capítulo de la Primera Parte de la Constitución fue incorporado en la última reforma (1994). Incluye derechos y garantías sobre temas que la sociedad argentina fue considerando esenciales en los últimos años. Algunos de los nuevos derechos y garantías son: La protección de los consumidores. El artículo 42 establece, por ejemplo, que los consumidores tienen derecho a la protección de consumidores.
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